Para el estudio y análisis del Decreto en mención el Consejo Profesional Nacional de Topografía (C.P.N.T.) presentó ante el señor Ministro de Educación Nacional la Ley 70 de 1979 y el Decreto Reglamentario 690 de 1981, haciendo conocer la reglamentación de la Profesión de Topografía en sus diferentes calidades: Técnico Profesional, Tecnólogo e Ingeniero en Topografía, informando así que la Profesión de Topografía está vigilada en su ejercicio.
El Consejo Profesional Nacional de Topografía ejerciendo una de las principales tareas como es el desarrollo de la profesión, colaborará con las Universidades para que se establezcan los estándares de calidad en el programa académico de pregrado en Ingeniería Topográfica, en la parte de seguimiento a los egresados, en unión con la Sociedad Colombiana de Topógrafos, dando sí cumplimiento especialmente al Artículo 15 del Decreto 792 de mayo 8 de 2001.